El 24 de mayo de 2006 entró en vigor la Ley Orgánica de Educación (LOE) que deroga las anteriores, excepto la LODE y regula aspectos clave sobre la admisión de alumnos, religión, promoción y diversificación curricular, entre otros.
Se concibe la educación como un servicio público, esencial de la comunidad, que puede ser prestado por los poderes públicos y por la iniciativa social y va acompañada de una memoria económica de 7.033 millones de euros de gasto educativo adicional entre el Estado (60 por ciento) y las Comunidades Autónomas hasta 2010. Entre otras novedades introduce:
- La nueva área Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos en Primaria y Secundaria.
- El 55 y 65 por ciento de los horarios escolares se dedicarán a los contenidos básicos de las enseñanzas mínimas, según sean CCAA con lengua cooficial o no.
- La educación infantil es voluntaria, gratuita entre los 3 y los 6 años, las administraciones garantizarán una oferta suficiente de plazas en los centros públicos y concertarán con los privados.
- El aprendizaje de un idioma extranjero comenzará a los 5 años. Habrá un segundo idioma en Cuarto.
- Los alumnos podrán repetir curso una vez en Primaria y dos en Secundaria y sólo en una ocasión por curso. En ESO pueden promocionar con dos suspensos como máximo y "excepcionalmente" con tres cuando los profesores lo consideren.
- Los mayores de 16 años que no se hayan graduado en ESO y excepcionalmente los de 15 podrán acogerse a programas de cualificación profesional inicial.
- El Bachillerato tendrá tres modalidades (Artes, Ciencias y Tecnología y Humanidades y Ciencias Sociales), con materias comunes como Ciencias para el Mundo Contemporáneo y Filosofía y Ciudadanía.
- Se elimina la Prueba General de Bachillerato (PGB) de la LOCE y se adopta una única prueba de acceso a la Universidad.
- La asignatura de Religión será de oferta obligatoria para los centros, optativa para los alumnos. La LOE señala que esta materia se ajustará a los acuerdos suscritos con la Santa Sede y un decreto posterior regulará que la nota obtenida no contará para repetir curso ni para la obtención de becas.
- Las administraciones regularán la admisión de alumnos en centros públicos y privados concertados con garantía del "derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y libertad de elección de centro". En este sentido, las administraciones podrán constituir comisiones u órganos "de garantías de admisión", con funciones de supervisión.
- Las administraciones atenderán a las necesidades de los alumnos con un apoyo educativo específico (inmigrantes entre ellos); establecerán la proporción de matriculaciones en cada uno de los centros públicos y privados concertados.
- Los centros privados podrán acogerse a la concertación educativa con preferencia para aquellos que atiendan poblaciones escolares de condiciones económicas desfavorables.
- El Estado y las CCAA acordarán un plan de incremento del gasto educativo para los próximos diez años para la equiparación con la media de la UE.
- Se reconoce el derecho de reunión de los alumnos a partir de tercero de la ESO.
- La LOE introduce medidas para la reducción de profesores interinos y la jubilación voluntaria de éstos a los 60 años durante el calendario de aplicación de la ley.
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